Donación periódica

Donación Periódica

Tu donación es un vínculo que nos hace mejores, nos une en un camino de conocimiento y sabiduría hacia una paz sostenible.

 
Se podrá deducir de la cuota íntegra del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas un 80% de los 250 primeros euros de donativos, donaciones o conjunto de aportaciones con derecho a deducción.
 
A la base de deducción que exceda de 250 euros se le aplicará un porcentaje de deducción del 40%.
 
Este porcentaje será del 45% cuando en los dos períodos impositivos inmediatos anteriores se hubieran realizado donativos, donaciones o aportaciones con derecho a deducción en favor de una misma entidad, siendo el importe del donativo de este ejercicio y el del período impositivo anterior, igual o superior, en cada uno de ellos, al del ejercicio inmediato anterior.