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* La deducción fiscal se hace efectiva en la declaración de la renta del año en el que se realiza la donación.** La deducción a partir del tercer año se incrementa del 40% al 45%, en el caso de que la persona física haya donado un importe igual o superior en los dos últimos años.
La deducción fiscal máxima corresponde al 10% de la base liquidable del Impuesto de Retribución de las Personas Físicas (IRPF)
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